¿Sabes cómo dar de alta a tu empleada del hogar? Aquí te lo contamos

Las personas trabajadoras del hogar también deben estar aseguradas y es nuestra responsabilidad como empleados hacerlo.

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Las personas trabajadoras del hogar también deben estar aseguradas y es nuestra responsabilidad como empleados hacerlo.

Dar de alta a tu empleada del hogar nunca fue tan fácil. Se trata de seguir cuatro sencillos pasos dentro del portal del Instituto Mexicano del Seguro Social y voilà, la persona que te ayuda con la casa, tus hijos y un largo etcétera no solo estará protegida con servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica. También tendrá derecho a una pensión por invalidez, creará un fondo para el retiro y podrá contar con prestaciones sociales como velatorios y guarderías. Además, su cónyuge, hijos y progenitores también podrán tener beneficios.

El trámite es digital e inicia con la información del patrón o patrona. Para eso se requiere de tu parte la siguiente información:

- CURP

- Correo electrónico- Domicilio- Datos de contacto

Una vez rellenada esta parte, la plataforma te pedirá los siguientes datos de la persona que trabaja para ti en tu hogar:

- NSS

- CURP- Domicilio- Salario diario- Días laborados

*Por supuesto, si la persona que trabaja para ti no está afiliada al IMSS deberá hacerlo inmediatamente vía internet en la página [www.imss.gob.mx](http://www.imss.gob.mx/) o de manera presencial a una subdelegación. En cualquiera de los dos casos se necesita el CURP del empleador.*

Después de rellenar los datos correspondientes, se genera el formato de Incorporación y línea de captura para pago. Mismo que podrás hacer presencial o a través de tu banca digital. Ten en cuenta también que el trámite y el pago de cuotas debe realizarse antes del día 20 de cada mes.

Por el momento, asegurar a la persona trabajadora del hogar se encuentra en la segunda fase de la prueba piloto y la intención es que en un futuro próximo se haga obligatorio. Y si sigues con dudas, el IMSS ha habilitado un apartado de preguntas frecuentes que [puedes consultar haciendo click aquí. ](http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar/preguntas)

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