Todo lo que la ley dice que te deben dar en tu trabajo

Aguinaldo, vacaciones, PTU... ¿Sabes exactamente cuánto te corresponde y cuándo te lo tienen que pagar? La Ley Federal del Trabajo te protege más de lo que crees. Aquí va el resumen que nadie te dio.

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Tener trabajo formal en México viene con un paquete de derechos que muchas personas desconocen o no saben cómo exigir. Las prestaciones de ley no son favores ni regalos de la empresa: son obligaciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo (LFT), y ningún patrón puede negártelas, sin importar el tipo de contrato que tengas. Si tu empresa dice "sin prestaciones de ley", eso es, simplemente, ilegal.

Aguinaldo: el clásico que a veces llega incompleto

El aguinaldo equivale a un mínimo de 15 días de salario y debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año. Si no trabajaste el año completo, tienes derecho a la parte proporcional al tiempo laborado. Y si te vas de la empresa antes de esa fecha, también te lo deben pagar en tu finiquito. Muchas personas no lo saben: tienes hasta un año después de que sea exigible para reclamarlo ante la PROFEDET si no te lo pagaron.

Vacaciones: más días de los que crees desde 2023

Gracias a la reforma de "Vacaciones Dignas" que entró en vigor en 2023, los días de descanso mínimos en México se duplicaron. Desde el primer año de trabajo, tienes derecho a 12 días de vacaciones pagadas —antes eran solo 6. A partir del segundo año, suben a 14, y así van aumentando. El patrón no puede negarte el derecho a tomarlas.

Prima vacacional: el extra de tus vacaciones

Aquí está uno de los derechos que más se desconoce: cuando tomas tus vacaciones, tienes derecho no solo al salario de esos días, sino a un 25% adicional sobre ese monto. Eso es la prima vacacional. Así que si ganas $400 pesos diarios y tomas 12 días de vacaciones, el patrón te debe pagar esos $4,800 de sueldo más $1,200 pesos adicionales de prima. No es opcional: está en el artículo 80 de la LFT.

PTU: tu parte de las ganancias de la empresa

La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es otra prestación que muchos empleados ni siquiera saben que les corresponde. Si la empresa tuvo ganancias durante el año, está obligada a repartir el 10% de su renta gravable entre sus trabajadores. El plazo para recibirla es antes del 31 de mayo si trabajas en una empresa (persona moral) o antes del 29 de junio si tu patrón es persona física. Las empresas nuevas en su primer año de operación y las que no tuvieron utilidades están exentas.

Seguridad social: IMSS, INFONAVIT y Afore

Desde el primer día de trabajo, tu patrón tiene la obligación de inscribirte al IMSS, lo que te da acceso a servicios médicos, incapacidades pagadas y seguro de vida. Además, debe hacer aportaciones al INFONAVIT —equivalentes al 5% de tu salario— para que puedas acceder a un crédito de vivienda, y al Afore para tu pensión futura. Si tu empresa no te registra ante el IMSS, está infringiendo la ley y puedes denunciarlo.

Días festivos y trabajo en domingo

Si te toca trabajar en un día de descanso obligatorio —como el 1 de enero, el 1 de mayo o el 25 de diciembre—, tienes derecho a que te paguen el doble extra sobre tu salario normal, lo que en total suma el triple. Y si trabajas en domingo de manera regular, la ley establece que debes recibir un 25% adicional sobre tu salario de ese día, llamado prima dominical.

Prima de antigüedad: cuando te vas también te corresponde algo

Al terminar una relación laboral, en ciertos casos tienes derecho a una prima de antigüedad equivalente a 12 días de salario por cada año trabajado. Si te despidieron sin causa justificada, aplica desde el primer año. Si renunciaste, aplica solo si llevas 15 años o más en la empresa. Es un derecho que muchos trabajadores no reclaman por desconocimiento.

¿Y si no te cumplen?

La PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) ofrece asesoría legal gratuita y personalizada. Si tu patrón no te está dando alguna de estas prestaciones, puedes acudir a ellos. Tienes un año a partir de que la prestación sea exigible para reclamarla. Conocer tus derechos es el primer paso para hacerlos valer.


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